Desde el 1 de julio iniciará un mes más de inmovilidad social obligatoria solo para siete regiones del país, entre ellas, Áncash.

Áncash continuará en cuarentena un mes más. El gobierno nacional amplió el estado de emergencia nacional debido al brote de la COVID-19 en el país hasta el 31 de julio, solo para siete regiones del país, entre ellas esta región.

Esta cuarentena focalizada quedó establecida bajo el Decreto Supremo N.° 116-2020 para las regiones de: Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash. En todas esas jurisdicciones el toque de queda empezará a las 8 de la noche y terminará a las 4 de la madrugada del día siguiente.

Para el resto de regiones del Perú, la inmovilidad social concluirá el 30 de este mes y el toque de queda empezará a partir de las 10 de la noche hasta las 4 de la mañana del día siguiente.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, refiere, además, que el domingo seguirá habiendo inmovilización social obligatoria para las regiones con cuarentena focalizada.

La región Áncash ha registrado hasta ayer 9235 casos positivos de COVID-19 y 641 fallecidos, y de acuerdo a la última presentación del presidente Martín Vizcarra es una de las regiones cuya curva casos sigue en ascenso. La letalidad del mal en este lugar es de 5.80 % casi el doble del promedio nacional de 3.28 %.

PROHIBICIONES

Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga.

Asimismo, se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia, por encontrarse en grave riesgo su vida. Tampoco está autorizada la circulación de los niños, niñas o adolescentes para asistencia a centros comerciales o similares.

Durante el estado de emergencia, se dispone la continuidad del cierre total de las fronteras, por lo que continúa suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial, salvo por razones humanitarias y conforme las normas emitidas antes de la entrada en vigencia del decreto supremo y bajo las condiciones sanitarias que deben observar los pasajeros que de manera excepcional puedan ingresar al territorio nacional, tales como el aislamiento social obligatorio y otras que disponga la Autoridad Sanitaria.

(Redacción El Ferrol)


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